PROTESTAS FRENTE A LA CSJ: MARTES Y JUEVES, DE 8:30 A 9:30AM. REINICIAN EL MARTES, 13 DE ENERO DE 2009
En días pasados recibí la consulta de un vecino que en pocas palabras me preguntaba por qué estamos llamando a protestar frente a la Corte Suprema de Justicia. Procedo a explicar en tan breves palabras como me sea posible lo acontecido y nuestros motivos.
Ley Ciudad Jardín es la que reglamenta el carácter de las áreas revertidas. Es la ley No. 21 del 2 de julio de 1997. Esta ley fue el producto de un estudio que costó al gobierno más de 9 millones de balboas que todavía se están pagando al Banco Interamericano de Desarrollo. Se intenta con esta ley seguir la tendencia de sectores desarrollados en Londres y otras ciudades, donde se presenta un espacio público central, rodeado por viviendas y gran cantidad de áreas verdes. Esta ley fue aprobada en 1997 unánimemente (tanto miembros del gobierno y de la oposición) por la Asamblea Legislativa de Panamá. La ley incluye detalles del uso de suelos en las áreas revertidas (tamaño de edificios y uso) .
La Ley Ciudad Jardín es detallada en Normas Especiales para mantener el carácter de Ciudad Jardín, bajo el Acuerdo No. 139 del año 2000. Este acuerdo es firmado por el Ministerio de Vivienda. En este acuerdo, copia del cual se puede obtener en la oficina de APROJAL, se reglamenta el uso de todas las áreas de Ciudad Jardín.
Por ley, a partir de la Ley Ciudad Jardín, cualquier cambio de zonificación en áreas revertidas debe ser establecido mediante Ley de la República , no mediante resolución del Ministerio de Vivienda como en cualquier otro sector de la ciudad. Esto se estableció para asegurar que la Asamblea velara por los intereses de Ciudad Jardín. También se estableció que cualquier cambio de zonificación que fuese expuesto para aprobación en la Asamblea debería ser propuesto en Asamblea por la Comisión para los Asuntos del Canal.
Por lo anteriormente expuesto, todos los cambios de zonificación que ha realizado en Ciudad Jardín el Ministerio de Vivienda bajo resolución han sido ilegales . Esto incluye, en Albrook, el cambio que se hizo en el terreno diagonal a la Arrocha, el cambio que se hizo para permitir la construcción de Pine Hills y el cambio que se hizo en el terreno contiguo a la Iglesia Coreana. Sin embargo, el Ministerio de Vivienda, bajo dirección de Balbina Herrera, hizo todo lo posible y lo ilegal para continuar los cambios de zonificación y "legalizarlos".
APROJAL y otras asociaciones de áreas revertidas presentaron demandas ante la Corte Suprema de Justicia hace dos años por la ilegalidad de estos cambios de zonificación . La Corte Suprema de Justicia también recibió dos demandas por estos casos. Sin embargo, el único fallo que ha emitido la CSJ ha sido en favor del Ministerio de Vivienda. Cabe recalcar que este fallo no corresponde a la demanda presentada por la asociaciones de áreas revertidas. Por ende, quedan dos fallos por emitir en la CSJ. Nuestras protestas ejercen presión para que la CSJ falle correctamente .
Peor aún: en junio de 2008, la Asamblea y el Presidente de Panamá sancionaron la Ley No. 29 de junio de 2008 . Esta ley trata incentivos fiscales, pero a último momento se incluyó un artículo, el No. 11, que legaliza RETROACTIVAMENTE todas las resoluciones mediante las que el Ministerio de Vivienda aprobó cambios de zonificación en Ciudad Jardín. Este artículo tiene una naturaleza retroactiva y no sirve ningún propósito a partir de la sanción de la ley. Es decir, mediante este artículo, la Asamblea legalizó todas las acciones que eran claramente ilegales y que obstruyen el carácter de Ciudad Jardín de nuestras áreas. Nuestras protestas critican este artículo .
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